22.09.2008

Reforma colegios profesionales

Informe del Decano del COAC

Informe del Decano del COAC y nota informativa del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos a propósito del informe Nacional de la Competencia sobre la reforma y modernización del marco normativo de los servicios y colegios profesionales.

Más información:

&#9660 Comunicado del Decano del COAC
&#9660 Nota informativa del Consejo Superior CSCAE

Comunicado del Decano del COAC

Sobre el informe de la Comisión Nacional de la Competencia

Estimada/os Compañera/os:

Recientemente el Gobierno ha anunciado la reforma y modernización del marco normativo de los servicios profesionales al objeto de eliminar las restricciones a la competencia que no responden a la defensa del interés general. Ello, aprovechando la próxima transposición a la legislación española de la Directiva Europea sobre el Mercado Interior de Servicios.

El objetivo básico que determina esta Directiva es alcanzar un mercado único de servicios a través de la eliminación de las barreras legales y administrativas que actualmente limitan el desarrollo de actividades de servicios entre los Estados Miembros.

Aprovechando esta situación la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha elevado un informe al Gobierno donde pretende poner de manifiesto los problemas, que a su juicio, se detectan en el sector de los servicios profesionales en España; sector que supone aproximadamente un 9% del Producto Interior Bruto. El informe de la CNC señala la necesidad de acabar con la colegiación obligatoria en determinadas profesiones, planteando quebrar la asociación automática de profesión titulada con colegio profesional y reclamar el derecho de profesionales con titulaciones diversas a competir en un mismo mercado.

Dada la gravedad de la situación el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, en reunión plenaria celebrada el día 17 de septiembre, acordó hacer pública la posición unánime de rechazo al informe de la CNC, por considerarlo manifiestamente parcial ‘al evaluar a la institución colegial desde una posición de prejuicio que ignora toda referencia a la función social de los Colegios como entidades que, con base expresa en la Constitución Española y en cooperación con las Administraciones públicas, resultan imprescindibles para la prestación de servicios que redundan directamente en la defensa de derechos fundamentales de los usuarios’.

Canarias 19 de septiembre de 2008

Virgilio Gutiérrez Herreros
Decano del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias

Nota informativa del Consejo Superior CSCAE

El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España, en reunión plenaria de 17 de septiembre en curso, acuerda hacer pública su posición unánime ante el informe de la Comisión Nacional de la Competencia sobre el Sector de Servicios y Colegios Profesionales en los términos siguientes:

  1. Sorprende ante todo que el informe se conecte con el proceso de transposición de la Directiva Europea sobre el Mercado Interior de Servicios, cuando precisamente los Colegios Profesionales acordamos el 28 de julio pasado un protocolo de cooperación con el Ministerio de Economía y Hacienda y con las Comunidades Autónomas para participar activa y responsablemente en la transposición y aplicación de dicha Directiva, con plena conciencia de su importancia para el interés general.

  2. Además, carece de justificación el intento de insertar una iniciativa desreguladora que afectaría gravemente a la estructura organizativa de las profesiones colegiadas en España dentro de un escenario de crisis económica internacional cuando, precisamente, se está comprobando que la supresión de controles puede ser una de las causas más notorias de la perturbación del sistema financiero y económico en cualquier país.

  3. En este contexto, el informe de la CNC merece el más completo rechazo por su manifiesta parcialidad al evaluar a la institución colegial desde una perspectiva de prejuicio respecto de su realidad histórica y actual. Concretamente, el informe elude toda referencia a la función social de los Colegios como entidades que, con base expresa en la Constitución Española y en cooperación con las Administraciones públicas, son imprescindibles para la prestación de servicios que redundan directamente en la defensa de derechos fundamentales de los usuarios.

Todo ello, además, sin contar con fundamento alguno en el ordenamiento comunitario europeo e incluso desconociendo resoluciones del Parlamento Europeo y sentencias del Tribunal de Luxemburgo que han manifestado reiteradamente la necesidad y justificación de las instituciones colegiales organizadas con respeto a la autonomía propia de cada Estado miembro. En resumen, para el legislador comunitario los Colegios profesionales son imprescindibles para lograr un mercado interior de servicios profesionales, y por eso, la Directiva de Servicios los ha calificado de «Autoridad Competente» y garantes de la calidad de los servicios profesionales.

De estas conclusiones se dará traslado a S. M. El Rey y al Presidente del Gobierno y conocimiento a las autoridades de las Comunidades Autónomas y a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados.

Complementariamente SE ACUERDA:

Dirigirse al Ministerio de Economía y Hacienda solicitando:

  1. Que exprese su posición respecto al informe de la CNC, aclarando las dudas y sus contradicciones con lo manifestado por el mismo Ministerio en su reunión con los Colegios profesionales el pasado 28 de julio, de conformidad con el art. 36 de la Constitución y las disposiciones de la Directiva de Servicios.

  2. Que repruebe la actuación de la CNC por su falta de rigor y de objetividad y, en consecuencia, exigir el cese de su Presidente.