11.10.2022

Convocatoria de elecciones extraordinarias a Junta de Gobierno del COAGC 11N

Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria

Convocatoria de elecciones extraordinarias para el nombramiento de una nueva Junta de Gobierno del COAGC y designación de la Junta y Mesa electorales

Colegio de Arquitectos de Gran Canaria
Viernes 11 de noviembre de 2022 de 10:00 a 17:00 h
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Secretario del COA Gran Canaria

Estimado/a compañero/a:

En relación con el asunto de referencia reproducimos el acuerdo por el que se convocan las elecciones extraordinarias a Junta de Gobierno del COAGC que tendrán lugar el próximo día 11 de noviembre de 2022 (se adjunta anexo de formulario), así como los acuerdos de designación de los componentes de la Junta Electoral y de la Mesa Electoral.

Convocatoria de elecciones extraordinarias

CONVOCATORIA DE ELECCIONES EXTRAORDINARIAS PARA EL NOMBRAMIENTO DE UNA NUEVA JUNTA DE GOBIERNO DEL COAGC

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 d) y 50 del Estatuto Particular del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, la Junta de Gobierno acuerda, por unanimidad:

Primero: convocar elecciones extraordinarias a la totalidad de cargos que componen la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria que se celebrarán el próximo día 11 de noviembre de 2022 (viernes), con arreglo al régimen electoral previsto en el Estatuto Particular del COAGC que se establece a continuación:

1º ​Día y hora de celebración de elecciones:

    Las elecciones a los cargos de Decano, Tesorero, Secretario y Vocales (mínimo de 2 y máximo de 4) del COAGC se celebrarán el día 11 de noviembre de 2022, en horario de votación de diez de la mañana a cinco de la tarde, practicándose seguidamente el escrutinio y dándose a conocer su resultado.

2º ​Duración del mandato:

    Hasta el mes de mayo de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.3 de Estatuto Particular (En los supuestos previstos en el presente estatuto en los que no sea posible agotar el periodo ordinario de mandato y fuera preciso convocar elecciones fuera del mes de mayo, la duración del mandato de la Junta de Gobierno salida de esas elecciones será de tres años más los meses que medien hasta el mes de mayo siguiente al referido periodo de tres años.).

3º ​Electores:

    Todos los colegiados inscritos en el censo electoral cerrado a 31 de diciembre de 2021, que no se hallen suspendidos en sus derechos. Este censo fue puesto de manifiesto al colectivo desde el día 22 de septiembre hasta el día 6 de octubre de 2022.

4º ​Candidatos a los cargos:

    Podrán serlo los colegiados que, reuniendo las condiciones de elector y de residencia establecidas en el Estatuto, cumplan los siguientes requisitos:

    1. No haber sido objeto de sanción disciplinaria firme dentro de los cuatro años precedentes a la fecha de convocatoria de estas elecciones.
    2. Un candidato podrá figurar en una sola candidatura.
    3. Si en el periodo electoral algún candidato estuviese sometido a expediente disciplinario, quedará suspendida su toma de posesión, caso de que resultara electo, hasta que recaiga resolución disciplinaria firme. Si fuera sancionado decaerá en su derecho a la toma de posesión, produciéndose la vacante correspondiente.

5º​ Candidaturas. Requisitos:

    las candidaturas a los cargos cuya elección se convoca serán por listas abiertas que podrán ser completas o incompletas. Sólo podrá proponerse un candidato por cargo en cada candidatura.

    ​Las candidaturas deberán estar avaladas con la firma de cómo mínimo el cinco por ciento (5%) de los colegiados del censo electoral (excluidos los propios candidatos). Esto es, 51 proponentes.

    ​Las candidaturas se presentarán en la Secretaría del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria con al menos 15 días naturales de antelación a la fecha de la celebración de la elección, es decir, hasta las 10 horas del día 26 de octubre de 2022. Estas candidaturas habrán de ser redactadas por escrito y estructuradas en dos partes, de modo que en la primera figuran tres columnas para la constancia sucesiva de los cargos, los candidatos, y la firma de estos en señal de aceptación, y en la segunda se contengan la firma y número de colegiado de los proponentes y cuanto se quiera expresar en relación con las intenciones o programa de gobierno de los candidatos, conforme al modelo anexo. Teniendo en cuenta las exigencias formales impuestas por el Estatuto para la acreditación de los candidatos y proponentes de las candidaturas, queda excluida expresamente la posibilidad de que el consentimiento de los candidatos y proponentes se formalice a través de firma electrónica, siendo, por tanto, requisito formal ineludible que este consentimiento se exprese mediante firma manual original.

    ​Los colegiados que integren las candidaturas podrán facilitar al COAGC su programa de gobierno que habrá de ser difundido de inmediato a todos los colegiados a través de la Secretaría con una antelación mínima de 15 días a la fecha de la elección. Los candidatos podrán disponer de las instalaciones colegiales para la presentación de sus programas.

    La Junta Electoral, dentro de los ocho días naturales siguientes al término de presentación de candidaturas, proclamará candidatos a quienes reúnan los requisitos exigidos.

    La admisión o no de candidaturas podrá impugnarse ante la Junta Electoral en el plazo de tres días a partir de su publicación, debiendo resolver la Junta en igual plazo.

    Proclamados los candidatos, la Secretaría colegial confeccionará una relación con la copia literal de todas las candidaturas presentadas y las remitirá a los electores con las instrucciones para la emisión del voto por correo.

    Si sólo se presentara una única candidatura declarada válida, se proclamará electa sin que proceda abrir votación.

    De quedar cargos vacantes por falta de candidatos, la Junta de Gobierno, en plazo de 15 días naturales, convocará nuevas elecciones, manteniéndose en funciones los titulares de los cargos correspondientes hasta que los mismos sean cubiertos. En caso de persistir la ausencia de candidatos, la Junta Electoral se constituirá en Junta de Gobierno hasta las siguientes elecciones que deberá convocar en un plazo máximo de tres meses.

Voto por correo:

    El voto por correo tendrá lugar en la forma prevista en el artículo 52.6 del Estatuto Particular, que dispone lo siguiente:

    El ejercicio del voto por correo se ajustará a los siguientes requisitos:

    1. El elector que desee utilizar este procedimiento deberá comunicarlo a la Secretaría del Colegio con antelación mínima de cinco días a la fecha de la votación. La comunicación podrá hacerse por escrito o mediante comparecencia personal y quedará anotada en las listas electorales.
    2. La Secretaría expedirá al elector una acreditación personal y le facilitará las papeletas de votación, así como los sobres para su envío, de los cuales el sobre exterior deberá ser personalizado mediante sellado y numeración o clave coincidente con la de acreditación. El elector recogerá personalmente este material, sin perjuicio de que, si así lo solicita, se le pueda enviar a su domicilio por medio que deje constancia de su recepción. Al elector que haga la comunicación mediante comparecencia personal se le entregará el referido material en el mismo acto de su comparecencia.
    3. El elector introducirá la papeleta elegida en el correspondiente sobre anónimo, y este sobre, junto con la acreditación personal, los introducirá en el sobre exterior que remitirá a la Secretaría colegial correspondiente, bien por correo oficial certificado, bien por servicio de mensajería. El sobre tendrá que estar en poder de la Mesa electoral antes de finalizar el plazo de votación.
    4. Todo elector puede revocar su voto por correo compareciendo a votar personalmente; en tal caso, el sobre será destruido en el mismo acto y en su presencia.
    5. Concluida la votación personal, se procederá a la verificación de los votos por correo y a su introducción en la urna de los que cumplan los requisitos exigidos, conforme al siguiente procedimiento:
      • En primer lugar, se comprobará por el remite del sobre grande que el remitente no ha votado personalmente y que se encuentra inscrita su solicitud en el Registro especial de votantes por correo, con el número de inscripción correspondiente. En caso de haber votado personalmente, o de no figurar en el Registro especial como solicitante de la documentación de voto por correo o de que el sobre no contenga remite o no esté firmado por el elector, no se abrirá el sobre y se procederá a formar un legajo con todos los sobres que reúnan idénticas circunstancias, debidamente identificados, que se conservará por el Secretario del Colegio hasta que transcurran los plazos establecidos para la interposición de los recursos administrativos o jurisdiccionales correspondientes.
      • A continuación se procederá a abrir el sobre exterior, siempre que se hayan cumplido los requisitos del punto anterior, y se comprobará que dentro del mismo figura la acreditación del elector y el sobre pequeño. Si concurren los aludidos requisitos, se procederá a introducir en la urna el sobre pequeño. En caso de que no concurran, se formará con la documentación desestimada un legajo que se conservará del modo y por el tiempo que se indica en el párrafo anterior.

Segundo: el Censo Electoral definitivo a 31 de diciembre de 2021 correspondiente a las elecciones convocadas mediante el presente acuerdo se ha cerrado el pasado día 6 de octubre de 2022, una vez transcurrido el plazo de 15 días para solicitud de inclusión o exclusión de electores. Ello se debe a que las elecciones se celebrarán fuera del periodo previsto estatutariamente y a la necesidad de cumplir con las garantías de publicidad establecidas en el Estatuto Particular del COAGC.

Tercero: Las reclamaciones sobre la convocatoria y normativa electoral se dirigirán a la Junta Electoral dentro de la semana siguiente a su publicación.

Composición de la Junta Electoral

COMPOSICIÓN DE LA JUNTA ELECTORAL CORRESPONDIENTE A LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS A LOS CARGOS QUE INTEGRAN LA JUNTA DE GOBIERNO A CELEBRAR EL PRÓXIMO DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2022.

De acuerdo con el mandato previsto en el artículo 50 de nuestro Estatuto Particular y conforme al procedimiento contenido en el artículo 49 del referido Estatuto, la Junta Electoral correspondiente a las elecciones extraordinarias que tendrán lugar el próximo día 11 de noviembre de 2022 estará compuesta por:

  • Presidente: Don Isidro Corbera Parellada
  • Escrutadora: Doña María Dafne Gil Cruz
  • Escrutador-Secretario: Don Ángel Rodríguez Mendoza

Composición de la Mesa Electoral

COMPOSICIÓN DE LA MESA ELECTORAL CORRESPONDIENTE A LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS A LOS CARGOS QUE INTEGRAN LA JUNTA DE GOBIERNO A CELEBRAR EL PRÓXIMO DÍA 11 DE NOVIEMBRE DE 2022.

De acuerdo con el mandato previsto en el artículo 50 de nuestro Estatuto Particular y conforme al procedimiento contenido en el artículo 49 del referido Estatuto, la Mesa Electoral correspondiente a las elecciones extraordinarias que tendrán lugar el próximo día 11 de noviembre de 2022 estará compuesta por:

  • Presidente: Doña Estefanía Santamaría Muñoz
  • Escrutador: Don Luis Darias Rodríguez
  • Secretario escrutador: Don Nabil Bouherftain

Fdo.
Luis María García-Santillan Rubinstein
Secretario

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Circular oficial (136 kb)

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