Secretaría del COAGC
Convocatoria de elecciones extraordinarias a cargos electivos del CSCAE Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos, CSCAE, para el periodo que resta de mandato 2022-2025.
Sede del CSCAE
Jueves 17 de marzo de 2022 a las 12:00 h (hora peninsular)
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Plazo de presentación de candidatos: 18 de febrero de 2022 (15:00 h hora peninsular)
Consejo Superior de Colegios de Arquitectos
Como consecuencia del reciente fallecimiento del Presidente del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos, en fecha de 25 de enero de 2022, ha de convocarse un proceso electoral extraordinario.
En consecuencia, y de acuerdo con lo previsto, con carácter general, en el artículo 61 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Arquitectos y de su Consejo Superior de 16 de marzo de 2018, en el artículo 9.2 de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, y específicamente en el artículo 11 2. apartados a) y b) del Reglamento de Régimen Interior, de 25 de noviembre de 2016, el Pleno del Consejo Superior, en su sesión extraordinaria de 3 de febrero de 2022, ha acordado convocar elecciones a los cargos electivos del Consejo Cuperior para el periodo que resta de mandato 2022-2025.
Se inserta, a continuación, la normativa reguladora del procedimiento electoral.
Calendario
- Plazo de presentación de candidaturas: desde el 4 de febrero de 2022 hasta el 18 de febrero de 2022, a las 15:00 horas, mediante correo certificado en la sede del Consejo Superior, Paseo de la Castellana nº12, 28046 o bien al correo electrónico secretaria@cscae.com mediante certificado digital.
- Proclamación provisional de candidaturas: por Resolución de la Presidenta en funciones al amparo de lo establecido en el artículo 58. d) de los Estatutos Generales.
- Impugnación contra la proclamación provisional de candidatos: pueden formularlas las Juntas de Gobierno de los Colegios y Consejos Autonómicos y los candidatos excluidos en el plazo de cinco días naturales siguientes a la notificación de la Resolución de proclamación provisional.
- Proclamación definitiva de candidaturas: por Acuerdo del Pleno de Consejeros de 24 de febrero de 2022.
- Presentación de programas y propuestas de las candidaturas: desde el 25 de febrero de 2022 hasta el 6 de marzo de 2022, mediante correo certificado en la sede del Consejo Superior, Paseo de la Castellana nº 12, 28046 o bien al correo electrónico secretaria@cscae.com mediante certificado digital.
- Elecciones: en el supuesto de proclamación de más de una candidatura por Acuerdo del Pleno de Consejeros, se refrendarán por la Asamblea General extraordinaria que se celebraría el 17 de marzo de 2022. Posteriormente tendrán lugar las elecciones en la sede del Consejo Superior a las 12:00 horas en primera convocatoria y a las 12:30 horas, en segunda.
Normativa reguladora
Normas sobre la elección de los cargos electivos del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España en el supuesto previsto en el artículo 11.2, apartados a) y b), del Reglamento de Régimen Interior
- Los cargos para la Presidencia, la Secretaría General, la Vicepresidencia y la Tesorería serán elegidos por quienes ostenten el Decanato de los Colegios Autonómicos y pluriprovinciales y la Presidencia de los Consejos Autonómicos de Colegios.En el caso de la Vicepresidencia, las candidaturas podrán incluir una o más.Las candidaturas deberán venir avaladas por, al menos, dos Colegios o Consejos Autonómicos miembros del Pleno de Consejeros.Una vez se haya producido su proclamación definitiva, y en caso de haber más de una candidatura, éstas deberán ser refrendadas por la AG extraordinaria que tendría lugar el 17 de marzo de 2022, mediante el oportuno Acuerdo y siempre que los candidatos acepten su candidatura y cumplan los requisitos siguientes: ser nacionales de un país de la Unión Europea y arquitectos colegiados en España con 10 años de antigüedad como mínimo para el cargo para la Presidencia y de 5 años de antigüedad para los cargos para la Secretaría General, la Vicepresidencia y la Tesorería, y no haber sufrido sanción disciplinaria, salvo que hubiera sido cancelada. Los órganos de gobierno de los Colegios y Consejos Autonómicos miembros del Pleno de Consejeros del Consejo Superior pueden avalar cuantas candidaturas estimen conveniente.
- El cargo para la Presidencia del Consejo Superior es incompatible con cualquier cargo o empleo colegial o en organismos y entidades directamente relacionadas con los fines y competencias del Consejo, salvo que el cargo sea inherente al de la Presidencia del Consejo. También es incompatible con cualquier otro compromiso profesional o representativo que exija plena dedicación. La aceptación de la candidatura supone la renuncia a tales cargos o empleos, la cual se hará efectiva en el supuesto de resultar elegido.
- El cargo para la Secretaría General es incompatible con el Decanato o la Presidencia de Consejo Autonómico de Colegios.
- Los cargos para la Vicepresidencia y Tesorería son compatibles simultáneamente con el Decanato o Presidencia de Consejo Autonómico de Colegios. No obstante, los cargos para la Vicepresidencia y Tesorería no tienen por qué simultanearse con el Decanato o Presidencia de Consejo Autonómico de Colegios.
- El plazo de presentación de candidaturas mediante correo certificado en la sede del Consejo Superior, Paseo de la Castellana nº 12, 28046 o bien al correo electrónico secretaria@cscae.com mediante certificado digital, junto con la aceptación de las mismas por los candidatos propuestos, comienza el 4 de febrero de 2022 y finaliza el 18 de febrero de 2022 a las 15:00 horas.
- El Pleno del Consejo Superior o en su defecto quien ostente la Presidencia en funciones proclamará las candidaturas de manera provisional de quienes cumplan con los requisitos establecidos en el punto 1. Esta proclamación provisional junto con los correspondientes escritos de aceptación será enviada de inmediato a todos los Colegios y Consejos Autonómicos.Contra este acto de proclamación podrán presentar reclamaciones las Juntas de Gobierno de los Colegios y Consejos Autonómicos debido a no reunir los candidatos los requisitos exigidos y los candidatos excluidos si estimasen haberlo sido indebidamente, en el plazo de cinco días naturales siguientes a la notificación del Acuerdo.Estas reclamaciones serán resueltas por el Pleno del Consejo Superior y una vez resueltas se adoptará el Acuerdo de proclamación definitiva de candidaturas en el Pleno que tendrá lugar el 24 de febrero de 2022.
- Las propuestas y los programas de las candidaturas proclamadas deberán ser remitidas al Consejo Superior entre el 25 de febrero 2022 y el 6 de marzo de 2022. Dicha documentación será remitida con una antelación mínima de 10 días a los asambleístas antes de la celebración de la Asamblea General extraordinaria que tendrá lugar el 17 de marzo de 2022, en el supuesto de haberse proclamado dos o más candidaturas, con el fin de que puedan formular observaciones a las mismas.
- De conformidad con lo recogido en el punto 1, en caso de haberse proclamado dos o más candidaturas, éstas deberán ser refrendadas por Acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria del Consejo, por 1/3 de los miembros de la misma, que se celebrará el 17 de marzo de 2022 en la sede que se determine al efecto. En dicha sesión las candidaturas deberán exponer sus propuestas y programas, que serán objeto de debate por la Asamblea.
- La elección tendrá lugar en Madrid, el 17 de marzo de 2022, entre las candidaturas que hayan sido refrendadas por la Asamblea General.Dicha elección tendrá lugar en la sede del Consejo Superior a las 12:00 horas en primera convocatoria o a las 12:30 horas en segunda, si no hubieran concurrido la totalidad de los electores, bastando entonces la asistencia de diez de ellos. El voto no es delegable.En caso de haber una única candidatura, los candidatos serán proclamados electos en el Pleno de Consejeros de 24 de febrero de 2022.La votación, en caso de tener lugar, se desarrollará de acuerdo con los siguientes requisitos:
- El acto será público y todos los miembros de las candidaturas, si así lo solicitan, tendrán derecho a ser oídos al inicio de éste. La Presidencia del cuerpo electoral podrá limitar el uso de este derecho a un único miembro de cada candidatura, teniendo en cuenta las circunstancias.
- La elección se efectuará por votación secreta requiriéndose mayoría absoluta en primera vuelta. De no alcanzarse se procederá a una segunda vuelta entre las dos candidaturas que hubiesen obtenido más votos, bastando entonces la mayoría simple. Los empates que se produjesen en cualquiera de ambas vueltas se dirimirán con votaciones adicionales por mayoría simple.
Madrid, a 3 de febrero de 2022.
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