01.04.2015

Elecciones COAGC 6M

Elecciones COAGC 6M

Colegio de Arquitectos de Gran Canaria

Convocatoria de elecciones para dar cobertura definitiva a los cargos de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria.

Colegio de Arquitectos de Gran Canaria
Miércoles 6 de mayo de 2015 de 10:00 a 17:00 h
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Más información:

Secretaría

Don Antonio González Correa, arquitecto, Secretario de la Junta de Gobierno transitoria del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria

CERTIFICA: Que, según resulta de la documentación obrante en los archivos de la Secretaría a su cargo, la Junta de Gobierno Transitoria del COAGC, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2015, adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:

Convocatoria de Elecciones para dar cobertura definitiva a los cargos de la Junta de Gobierno del COAGC: habiéndose publicado el Estatuto Particular del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria en el Boletín Oficial de Canarias de fecha 23 de marzo de 2015 y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto de 116/2014, de 12 diciembre, por el que se segrega del Colegio Oficial de Arquitectos de Canarias el Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, la Junta de Gobierno Transitoria del COAGC, por unanimidad, acuerda:

Primero: convocar elecciones a la totalidad de cargos que componen la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, esto es, los cargos de Decano, Secretario, Tesorero y dos Vocales, que se celebrarán el próximo día 6 de mayo de 2015, con arreglo al régimen electoral previsto en el Estatuto Particular del COAGC y demás normas de aplicación que se establecen a continuación:

  1. Día y hora de celebración de elecciones: las elecciones a los cargos de Decano, Tesorero, Secretario y Vocales (2) del COAGC se celebrarán el día 6 de mayo de 2015, en horario de votación de diez de la mañana a cinco de la tarde, practicándose seguidamente el escrutinio y dándose a conocer su resultado.
  2. Duración del mandato: Años (4) años desde la toma de posesión.
  3. Electores: todos los colegiados inscritos en el censo electoral cerrado a 31 de diciembre de 2014, que no se hallen suspendidos en sus derechos.
  4. Elegibles a los cargos: podrán ser candidatos los colegiados que, reuniendo las condiciones de elector establecidos en el Estatuto, cumplan los siguientes requisitos:
    1. Hallarse en el pleno ejercicio de sus derechos colegiales.
    2. No haber sido objeto de sanción disciplinaria firme dentro de los cuatro años precedentes.
    3. Un mismo candidato podrá exclusivamente figurar en una sola candidatura.
    4. Si en el periodo electoral algún candidato estuviese sometido a expediente disciplinario, quedará suspendida su toma de posesión, caso de que resultara electo, hasta que recaiga resolución disciplinaria firme. Si fuera sancionado decaerá en su derecho a la toma de posesión, produciéndose la vacante correspondiente.
  5. Candidaturas. Requisitos: las candidaturas a los cargos cuya elección se convoca, lo serán por listas abiertas que podrán ser completas o incompletas.
    • Sólo podrá proponerse un candidato en cada candidatura.
    • Las candidaturas deberán estar avaladas con la firma de cómo mínimo el cinco por ciento (5%) de los colegiados del censo electoral. Esto es 42 firmas.
    • Las candidaturas se presentarán en la Secretaría del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria al menos con 15 días naturales de antelación a la fecha de la celebración, es decir hasta las 14 horas del día 20 de abril de 2015, redactadas por escrito y estructuradas conforme al modelo que se establece como anexo al presente acuerdo.
    • Los colegiados que integren las candidaturas podrán aportar, desde su presentación y en cualquier momento del proceso electoral su programa de gobierno que habrá de ser difundido de inmediato a todos los colegiados a través de la Secretaría del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria.

La Junta Electoral, dentro de los ocho días siguientes al término de presentación de candidaturas, proclamará candidatos a quienes reúnan los requisitos exigidos. Ningún miembro de la Junta de Gobierno que integre alguna candidatura podrá participar en el control y desarrollo del proceso electoral constituyendo esta circunstancia un deber de abstención.

Si sólo se presentara una única candidatura declarada válida, se proclamará automáticamente electa sin que proceda celebrar votación alguna para los cargos.

Dentro del plazo de ocho días previsto para la proclamación de candidatos, en el caso de que alguna de las candidaturas presentadas contuviera defectos formales susceptibles de subsanación, la Junta de Electoral concederá un plazo de 48 horas para la subsanación. Transcurrido dicho plazo sin subsanar, rechazará, sin ulterior recurso, la candidatura.

La proclamación de candidatos será comunicada personalmente a los colegiados proclamados y al cuerpo electoral a través de la Secretaría Colegial, mediante circular y por medio de la Web del COAGC.

Igualmente se comunicará las normas electorales que regirán para el ejercicio del voto por correo y, en su caso, campaña electoral.

Segundo: De conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Estatuto Particular del COAGC, el Censo Electoral definitivo para las elecciones convocadas se constituirá una vez transcurra el plazo de 15 días para solicitud de inclusión o exclusión en el Censo previsto en dicho precepto Estatutario.

Y para que así conste y surta efectos oportunos, expide el presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de abril de 2015.

Antonio González Correa
Secretario

Descargas:

Circular oficial y censo electoral (199 kb)