31.07.2026

BOE. Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas

BOE

BOE de 31 de julio de 2026

Jefatura del Estado

Ley 2/2026, de 29 de julio, de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con las mutualidades alternativas reguladas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª.

Entrada en vigor: 01 de agosto de 2026

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

24.07.2026

El CSCAE lamenta que la reforma de las mutualidades excluya a los profesionales jubilados

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, en el que lamenta que la reforma de las mutualidades ‘nace limitada’ porque excluye a los profesionales jubilados. El CSCAE manifiesta su intención de seguir presionando para conseguir una pasarela al RETA justa y advierte de la importancia de que cada colegiado/a realice un análisis de su situación antes de tomar una decisión.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

Madrid, 23 de julio de 2026.

Algo más de un año después de que se iniciara su tramitación parlamentaria, el Congreso ha aprobado, hoy, la reforma de la Ley General de Seguridad Social relativa a las mutualidades alternativas, después de validar las enmiendas del Senado. El objeto de esta norma es “acabar con una situación injusta y discriminatoria” -como reconocieron la mayoría de los partidos políticos- y dar una solución a los miles de profesionales de la Arquitectura -y de otras disciplinas, como la Abogacía-, que, durante años, estuvieron suscritos a mutualidades alternativas de forma obligatoria y que, al llegar a la edad de la jubilación, se han visto abocados a situaciones de desprotección, con pensiones muy bajas.

Para ellos, la nueva Ley plantea una pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), destinada a transferir los años de trabajo cotizado en la mutualidad. En este proceso, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha defendido, en todo momento, la protección de los derechos de todos/as los/as profesionales con una pasarela universal, voluntaria y justa que evite situaciones discriminatorias. Este era el núcleo de la Declaración Institucional aprobada en la Asamblea General Ordinaria del 29 de noviembre de 2024.

Sin embargo, la propuesta que, finalmente, ha salido adelante cruza una de las líneas rojas definidas por el CSCAE, al excluir a los/as profesionales jubilados/as (también llamados “pasivos”), excepto en los supuestos de pensión de viudedad. Por este motivo, principalmente, para el CSCAE, la Ley aprobada “nace limitada y es injusta”. “Durante demasiado tiempo, una parte de los arquitectos y arquitectas de nuestro país ha desarrollado su actividad en un modelo marcado por una menor protección social, por mayores incertidumbres y por una evidente desigualdad respecto de quienes han estado amparados por el sistema público. La pasarela al RETA debía responder, de verdad, al daño acumulado y a esos años de abandono económico y social, y ofrecer una solución digna y realmente reparadora, pero olvida a los más desprotegidos”.

Una vez aprobado, el texto fija que el Gobierno tendrá que desarrollar en tres meses desde la entrada en vigor de la ley el reglamento que concretará los flecos pendientes de la pasarela, como si se aplicará el IPC en el cálculo de las aportaciones económicas transferidas. El CSCAE estará muy vigilante a ese desarrollo reglamentario y tomará todas las medidas que estén en su mano para reparar la injusticia que van a sufrir ahora los/as profesionales jubilados/as.

Quiénes se benefician de la pasarela al RETA

​Los/as profesionales que se benefician del paso al RETA son los siguientes:

  • Arquitectos/as en activo: Profesionales que sigan ejerciendo y aportando al Sistema de Previsión Personal (SPP) de HNA como alternativa al RETA. Es requisito indispensable no percibir ninguna pensión pública, ni de la propia mutua (quedando de esta forma exceptuadas únicamente las pensiones de viudedad).
  • Cotizantes con más de 15 años aportados: Se incluye expresamente a los profesionales en activo que sumen más de 15 años de aportaciones, lo que les garantiza cumplir el período mínimo de carencia exigido por la Seguridad Social para optar a una pensión contributiva pública.
  • Mayores de 52 años o mutualistas pre1995: Quienes tengan 52 años o más a fecha de 31 de diciembre de 2026, o quienes iniciaran su actividad antes del 10 de noviembre de 1995, dispondrán de condiciones especiales que facilitarán que cada mes en HNA se compute como un mes completo de alta en el RETA para el porcentaje de su jubilación.

En estos casos, no obstante, el CSCAE advierte de la importancia de que cada colegiado/a realice un análisis pormenorizado de la situación en la que quedaría, si decide pasar al RETA.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

13.07.2026

Comunicado del CSCAE sobre la exclusión de los jubilados de la pasarela al RETA

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre la enmienda que el Senado ha hecho a la propuesta del Congreso para la reforma de las mutualidades que excluye a los profesionales jubilados.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

Madrid, 10 de julio de 2026

La votación del informe de la ponencia sobre la proposición de ley para la reforma de las mutualidades supone un paso atrás respecto a los acuerdos adoptados por el Congreso el 11 de junio. La propuesta a la que la Comisión de Seguridad Social de la Cámara Alta dio el visto bueno, el pasada 30 de junio, excluye a los/as profesionales jubilados/as (también llamados “pasivos”), excepto en los supuestos de pensión de viudedad.

Para el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), esta es una de las líneas rojas de la reforma de la Ley General de la Seguridad Social en lo relativo a las mutualidades alternativas en su reivindicación de una pasarela al Régimen Especial de Trabajos Autónomos (RETA) voluntaria, justa y universal.

El texto aprobado volverá ahora al Congreso para culminar con la tramitación parlamentaria, aunque ya no cabe la posibilidad de que se introduzcan enmiendas nuevas, sino que deberá votar las planteadas en el Senado.

Para el pleno de consejeros/as del CSCAE, la propuesta es “claramente insuficiente”. Por eso, se continuará trabajando para corregir la situación por las vías que sean necesarias.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

20.05.2026

Comunicado del CSCAE sobre novedades en la reforma de las mutualidades

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre novedades en la reforma de las mutualidades.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

En el marco del proceso de reforma de la Ley General de la Seguridad Social y el sistema de mutualidades, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha mantenido, en los últimos meses, una intensa labor destinada a preservar el derecho de los/as arquitectos/as a una jubilación digna.

A instancias del Grupo de Trabajo de Previsión Social, se han celebrado reuniones con el Consejo General de la Abogacía, la Mutualidad de Arquitectos (HNA) y con responsables de la ponencia de la Proposición de Ley de reforma de la Ley General de la Seguridad Social del Grupo Parlamentario Socialista, con quienes la interlocución es permanente.

En este sentido, las principales novedades del Informe de la Ponencia, que, según las previsiones, se abordará, mañana, en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y, de ser aprobada, se votaría en el pleno del Congreso antes del fin del actual periodo de sesiones, son las siguientes:

  1. Tras la incorporación de las enmiendas de los diferentes grupos parlamentarios, el texto actual deja fuera de la plataforma a los/as profesionales jubilados/as (pasivos).
  2. Para los/as profesionales de más de 55 años, se plantea el paso al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en igualdad de condiciones, independientemente del capital que tengan, mientras que a los menores de 55 años se les aplicaría un coeficiente divisor del 0,77 sobre el capital ahorrado, traduciéndose así en cuotas equivalentes de mensualidad respecto de quienes están en el RETA.
  3. Sitúa 2028 como horizonte para considerar la viabilidad del sistema mutual y, en caso de preservarlo, apuesta por armonizar derechos entre los trabajadores del RETA y los de las mutualidades en lugar de equipararlos.

Para el CSCAE, el texto actual no satisface la exigencia de una pasarela voluntaria, universal, justa y equitativa, que corrija los errores derivados de la discriminación entre mutualistas y trabajadores autónomos. De hecho, resulta descorazonador en el caso de los/as profesionales jubilados. Asimismo, tampoco se resuelve la desigualdad entre mutualistas y autónomos del RETA, pero, además, incluso en los casos que puedan parecer más favorables, el paso de la mutualidad al RETA debería partir de un estudio exhaustivo y pormenorizado de la situación de cada profesional.

Como representante de los intereses de todos/as los/as arquitectos/as, el CSCAE seguirá trabajando con independencia para que se atienda a los/as profesionales ya jubilados/as, que representan el colectivo más vulnerable, y que se garantice que cada arquitecto/a, en función de sus circunstancias, pueda decidir qué modelo de previsión social prefiere, ya sea incorporarse al RETA o continuar como mutualista en condiciones de igualdad respecto a los/as trabajadores autónomos y preservando la solvencia y la viabilidad de la alternatividad.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

16.03.2026

Comunicado del CSCAE sobre los derechos de los arquitectos mutualistas y pensiones

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre los derechos de los arquitectos mutualistas y pensiones.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

11 de marzo de 2026

En el ámbito de sus competencias legales y estatutarias, el CSCAE viene actuando intensamente en defensa de todos los arquitectos y arquitectas en cuanto al derecho a unas jubilaciones dignas, lo que constituye, para esta institución, una prioridad irrenunciable.

En este sentido, desde hace tiempo, se viene manteniendo una interlocución directa y permanente con los diversos grupos parlamentarios y, en particular, con respecto a la tramitación actual en el Congreso de los Diputados de la proposición de ley sobre reforma del Régimen de Seguridad Social y la posibilidad de transferencia de las cotizaciones efectuadas por mutualistas, en el caso de los arquitectos, a HNA al Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA).

Sobre la base de la declaración de los ocho puntos aprobados en la Asamblea General Ordinaria del CSCAE de 29 de noviembre de 2024, y a través de las actuaciones que lleva a cabo el Pleno de Consejeros, estamos exigiendo una pasarela voluntaria, universal, justa y equitativa, que corrija los errores derivados de la discriminación entre mutualistas y trabajadores autónomos. Esto implica, por un lado, atender a los profesionales ya jubilados (pasivos), que representan el colectivo más vulnerable, y, por otro, garantizar que cada arquitecto, en función de sus circunstancias, pueda decidir qué modelo de previsión social prefiere, ya sea incorporarse al RETA o continuar como mutualista en condiciones de igualdad respecto a los trabajadores autónomos.

El Pleno de Consejeros va a seguir activamente realizando todas las acciones que estén a su alcance y en su marco normativo con el fin de lograr dichos objetivos y siempre bajo los principios de independencia, igualdad de trato para todos los arquitectos y respeto institucional.

Se han recibido diversos escritos de mutualistas de HNA y de entidades de mutualistas poniendo de manifiesto su grave preocupación e inquietud por las propuestas de acuerdos que se van a someter para su aprobación a la Asamblea de HNA el próximo 26 de marzo de 2026 y que inciden en modificaciones estatutarias y normas de procedimiento electoral, que, según estos escritos, pueden resultar lesivas para los derechos de los mutualistas.

Al respecto, se ha dado traslado de estas inquietudes y quejas a la propia HNA, en el marco de la función estatutaria de colaboración con dicha mutua y para el debido conocimiento de estas inquietudes y preocupaciones.

Este Consejo debe aclarar que HNA es una mutualidad con personalidad jurídica propia e independiente, con su propio régimen jurídico y controles. El CSCAE ni participa ni tiene representación orgánica alguna en HNA. Tampoco tiene atribuida el CSCAE la representación de los mutualistas de HNA.

En razón a ello, y conforme al marco normativo aplicable, el CSCAE no puede interferir en el ámbito interno de la toma de decisiones de acuerdos de HNA por carecer de competencia y legitimación al efecto. Todo ello sin perjuicio de encauzar las inquietudes y quejas de mutualistas, como ya se ha trasladado de hecho, y estar a disposición de cuanta información pueda facilitarse a los mutualistas, a quienes corresponde el ejercicio de los correspondientes derechos en el ámbito interno de HNA.

El CSCAE reitera que continuará actuando, con independencia, en defensa de todos los arquitectos, exigiendo unos derechos de jubilación y pasivos justos y equitativos bajo los principios mencionados.

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