20.05.2026

Comunicado del CSCAE sobre novedades en la reforma de las mutualidades

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre novedades en la reforma de las mutualidades.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

En el marco del proceso de reforma de la Ley General de la Seguridad Social y el sistema de mutualidades, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) ha mantenido, en los últimos meses, una intensa labor destinada a preservar el derecho de los/as arquitectos/as a una jubilación digna.

A instancias del Grupo de Trabajo de Previsión Social, se han celebrado reuniones con el Consejo General de la Abogacía, la Mutualidad de Arquitectos (HNA) y con responsables de la ponencia de la Proposición de Ley de reforma de la Ley General de la Seguridad Social del Grupo Parlamentario Socialista, con quienes la interlocución es permanente.

En este sentido, las principales novedades del Informe de la Ponencia, que, según las previsiones, se abordará, mañana, en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y, de ser aprobada, se votaría en el pleno del Congreso antes del fin del actual periodo de sesiones, son las siguientes:

  1. Tras la incorporación de las enmiendas de los diferentes grupos parlamentarios, el texto actual deja fuera de la plataforma a los/as profesionales jubilados/as (pasivos).
  2. Para los/as profesionales de más de 55 años, se plantea el paso al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en igualdad de condiciones, independientemente del capital que tengan, mientras que a los menores de 55 años se les aplicaría un coeficiente divisor del 0,77 sobre el capital ahorrado, traduciéndose así en cuotas equivalentes de mensualidad respecto de quienes están en el RETA.
  3. Sitúa 2028 como horizonte para considerar la viabilidad del sistema mutual y, en caso de preservarlo, apuesta por armonizar derechos entre los trabajadores del RETA y los de las mutualidades en lugar de equipararlos.

Para el CSCAE, el texto actual no satisface la exigencia de una pasarela voluntaria, universal, justa y equitativa, que corrija los errores derivados de la discriminación entre mutualistas y trabajadores autónomos. De hecho, resulta descorazonador en el caso de los/as profesionales jubilados. Asimismo, tampoco se resuelve la desigualdad entre mutualistas y autónomos del RETA, pero, además, incluso en los casos que puedan parecer más favorables, el paso de la mutualidad al RETA debería partir de un estudio exhaustivo y pormenorizado de la situación de cada profesional.

Como representante de los intereses de todos/as los/as arquitectos/as, el CSCAE seguirá trabajando con independencia para que se atienda a los/as profesionales ya jubilados/as, que representan el colectivo más vulnerable, y que se garantice que cada arquitecto/a, en función de sus circunstancias, pueda decidir qué modelo de previsión social prefiere, ya sea incorporarse al RETA o continuar como mutualista en condiciones de igualdad respecto a los/as trabajadores autónomos y preservando la solvencia y la viabilidad de la alternatividad.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

19.05.2026

Comunicado del CSCAE ante el Proyecto de Real Decreto de reconocimiento y verificación de titulaciones extranjeras

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Fuente original de la información: web del CSCAE

El Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España (CEAE) manifiestan su preocupación ante el Proyecto de Real Decreto de reconocimiento y verificación académica y profesional de titulaciones extranjeras. Según el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, el objetivo fundamental de la futura norma es resolver ‘problemas estructurales’, asegurando el ‘rigor académico’, fortaleciendo la ‘transparencia procedimental y la trazabilidad de los expedientes’ e impulsando, a su vez, la agilización en la resolución de la instrucción de los procedimientos. Sin embargo, el texto actual puede provocar los efectos contrarios: desbordar el sistema de homologación, debilitar los mecanismos de control, y deteriorar los estándares que exige el ejercicio de una profesión regulada directamente vinculada con la seguridad, la salud y la calidad de vida de las personas.

Ejercer la Arquitectura implica una enorme responsabilidad, ya que su ejercicio tiene un impacto directo sobre la seguridad estructural de los edificios, su habitabilidad, protección frente a incendios, el entorno construido y, por tanto, el interés general. Por esta razón, la normativa vigente —grado y máster habilitante—, y de forma progresiva desde el primer curso, exige una formación rigurosa en áreas críticas, como el cálculo de estructuras, instalaciones y la edificación. Estos aspectos diferencian claramente las atribuciones profesionales de los/as arquitectos/as en España respecto a otros y constituyen la garantía principal para la protección de las personas.

La atracción de talento internacional es un valor incuestionable. De hecho, en la actualidad, existe un gran número de arquitectos/as colegiados/as con titulaciones extranjeras, plenamente habilitados/as para el ejercicio profesional, después de que sus títulos hayan superado el correspondiente proceso de evaluación y verificación de conocimientos y competencias, de acuerdo con lo establecido en la normativa. Lo que resulta contraproducente e inadmisible es debilitar y desmantelar un sistema de control que protege el interés general, porque no se trata de una mera cuestión de verificación documental, sino de la necesidad ineludible de evaluar la aptitud profesional real. Habilitar sin la precisa supervisión a personas que carecen de los conocimientos técnicos y estructurales y, por ende, permitir la proyección y construcción de edificaciones sin las garantías necesarias supone un riesgo inasumible que afecta, de forma directa y crítica, a la seguridad y la vida de las personas.

Esto es lo que ocurrirá con el actual proyecto de RD, que, además, penaliza injustamente, por un lado, a los egresados de las universidades españolas, que han recibido una formación exigente, acorde con las atribuciones que requiere la práctica profesional en España, y, por otro, a aquellos profesionales con titulaciones extracomunitarias que, en el pasado, cumplieron rigurosamente con la ley, cursando y superando los requisitos formativos complementarios que exigía la homologación de sus títulos.

A este agravio se suma una flagrante falta de reciprocidad internacional. En la mayoría de los países, los/as arquitectos/as titulados en España no obtienen una habilitación automática para ejercer. Deben superar exámenes, procesos de acreditación o pruebas específicas de aptitud profesional. Por ello, resulta incomprensible que España otorgue homologaciones directas cuando, en la mayoría de los casos, las titulaciones extranjeras no cumplen los requisitos mínimos para ejercer en su país de procedencia, dándose el caso de titulaciones que no otorgan ninguna habilitación profesional en su propio territorio.

Ante la complejidad y la diversidad del contenido curricular y competencias de las titulaciones extracomunitarias, el CSCAE y la Conferencia de Escuelas de Arquitectura de España consideran fundamental que el reconocimiento se sustente en un sistema de verificación transparente, objetivo y técnicamente fiable que incluya la evaluación real de los conocimientos mínimos y aptitud profesional necesarios por un órgano con composición académica y profesional. Solo así podrá garantizarse que quienes acceden al ejercicio profesional de la Arquitectura en España, con independencia de su procedencia, cuentan, de hecho, y para la tranquilidad de la sociedad/con plena confianza de la ciudadanía, con la capacitación y las atribuciones necesarias para asumir las responsabilidades que exige la práctica profesional, evitando agravios comparativos y protegiendo, por encima de todo, la seguridad y la salud de las personas.

16.03.2026

Comunicado del CSCAE sobre los derechos de los arquitectos mutualistas y pensiones

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Comunicado del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre los derechos de los arquitectos mutualistas y pensiones.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

11 de marzo de 2026

En el ámbito de sus competencias legales y estatutarias, el CSCAE viene actuando intensamente en defensa de todos los arquitectos y arquitectas en cuanto al derecho a unas jubilaciones dignas, lo que constituye, para esta institución, una prioridad irrenunciable.

En este sentido, desde hace tiempo, se viene manteniendo una interlocución directa y permanente con los diversos grupos parlamentarios y, en particular, con respecto a la tramitación actual en el Congreso de los Diputados de la proposición de ley sobre reforma del Régimen de Seguridad Social y la posibilidad de transferencia de las cotizaciones efectuadas por mutualistas, en el caso de los arquitectos, a HNA al Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA).

Sobre la base de la declaración de los ocho puntos aprobados en la Asamblea General Ordinaria del CSCAE de 29 de noviembre de 2024, y a través de las actuaciones que lleva a cabo el Pleno de Consejeros, estamos exigiendo una pasarela voluntaria, universal, justa y equitativa, que corrija los errores derivados de la discriminación entre mutualistas y trabajadores autónomos. Esto implica, por un lado, atender a los profesionales ya jubilados (pasivos), que representan el colectivo más vulnerable, y, por otro, garantizar que cada arquitecto, en función de sus circunstancias, pueda decidir qué modelo de previsión social prefiere, ya sea incorporarse al RETA o continuar como mutualista en condiciones de igualdad respecto a los trabajadores autónomos.

El Pleno de Consejeros va a seguir activamente realizando todas las acciones que estén a su alcance y en su marco normativo con el fin de lograr dichos objetivos y siempre bajo los principios de independencia, igualdad de trato para todos los arquitectos y respeto institucional.

Se han recibido diversos escritos de mutualistas de HNA y de entidades de mutualistas poniendo de manifiesto su grave preocupación e inquietud por las propuestas de acuerdos que se van a someter para su aprobación a la Asamblea de HNA el próximo 26 de marzo de 2026 y que inciden en modificaciones estatutarias y normas de procedimiento electoral, que, según estos escritos, pueden resultar lesivas para los derechos de los mutualistas.

Al respecto, se ha dado traslado de estas inquietudes y quejas a la propia HNA, en el marco de la función estatutaria de colaboración con dicha mutua y para el debido conocimiento de estas inquietudes y preocupaciones.

Este Consejo debe aclarar que HNA es una mutualidad con personalidad jurídica propia e independiente, con su propio régimen jurídico y controles. El CSCAE ni participa ni tiene representación orgánica alguna en HNA. Tampoco tiene atribuida el CSCAE la representación de los mutualistas de HNA.

En razón a ello, y conforme al marco normativo aplicable, el CSCAE no puede interferir en el ámbito interno de la toma de decisiones de acuerdos de HNA por carecer de competencia y legitimación al efecto. Todo ello sin perjuicio de encauzar las inquietudes y quejas de mutualistas, como ya se ha trasladado de hecho, y estar a disposición de cuanta información pueda facilitarse a los mutualistas, a quienes corresponde el ejercicio de los correspondientes derechos en el ámbito interno de HNA.

El CSCAE reitera que continuará actuando, con independencia, en defensa de todos los arquitectos, exigiendo unos derechos de jubilación y pasivos justos y equitativos bajo los principios mencionados.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

26.02.2026

Información del CSCAE sobre la reforma de las mutualidades

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Información del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE, sobre la reforma de las mutualidades.

Fuente original de la información: web del CSCAE

Área de Presidencia del CSCAE

25 de febrero de 2026

Dentro de su labor de defensa de la profesión, la protección del derecho a una jubilación digna de arquitectos y arquitectas es una prioridad para Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE).

Por ello, mantenemos seguimiento e interlocución directa y permanente con el poder legislativo sobre la tramitación de la Proposición de Ley presentada en el Congreso de los Diputados para modificar la Ley General de Seguridad Social, estableciendo una pasarela al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). En estas negociaciones defendemos los ocho puntos aprobados en la Asamblea General Ordinaria del 29 de noviembre de 2024, que protegen los derechos de todos los mutualistas, independientemente de la situación en que se encuentren, con especial atención a los más vulnerables, y todos aquellos que voluntariamente quieran acogerse a la pasarela y solicitar la transferencia de sus cotizaciones y derechos económicos al RETA.

A pesar del complejo escenario político actual, se van produciendo avances y acercamiento de las posturas iniciales, y en recientes reuniones se nos ha trasladado la existencia de un consenso amplio por parte de los diferentes grupos parlamentarios para aprobar, en la presente legislatura, una pasarela al RETA, enmarcada en dicha reforma de la Ley General de la Seguridad Social y de las mutualidades.

El CSCAE exige una pasarela voluntaria, universal, justa y equitativa, que corrija los errores derivados de la discriminación entre mutualistas y trabajadores autónomos. Esto implica, por un lado, atender a los/as profesionales ya jubilados/as (pasivos), que representan el colectivo más vulnerable, y, por otro, garantizar que cada arquitecto/a, en función de sus circunstancias, pueda decidir qué modelo de previsión social prefiere, ya sea incorporarse al RETA o continuar como mutualista en condiciones de igualdad respecto a los/as trabajadores autónomos y preservando la solvencia y la viabilidad de la alternatividad.

Para ello, este Consejo trabaja con independencia para conseguir estos objetivos y, además, para que la futura Ley incorpore mejoras en la gestión de las mutualidades que incluyan su supervisión por parte de organismos públicos de control y una mayor transparencia en la relación con los/as mutualistas, con el fin de evitar nuevos agravios respecto a los/as trabajadores adscritos al RETA.

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Especial sobre previsión social de los arquitectos

30.07.2025

El CSCAE recurrirá el Real Decreto que modifica la Certificación Energética de los Edificios

Consejo Superior de Colegios de Arquitectos

Fuente de la información: web del CSCAE

Ante la reciente aprobación del Real Decreto 659/2025, que modifica el procedimiento básico para la Certificación Energética de los Edificios (CEE), el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) interpondrá un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo en defensa de la profesión y del interés general.

Adoptada de forma unánime por el pleno de consejeros/as del pasado 24 de julio, las razones que fundamentan esta decisión y que motivan la solicitud de nulidad del Real Decreto son las siguientes:

  • El Real Decreto establece un modelo que no responde ni se basa en los conocimientos y cualificaciones profesionales para elaborar los CEE, ya que considera técnicos competentes para emitir certificaciones energéticas de obra terminada a personas que no tienen la cualificación y formación requeridas y, además, basándose en áreas de conocimiento ajenas por completo a la Arquitectura y edificación.
  • En consecuencia, el Real Decreto devalúa el rigor y la calidad que deben tener las certificaciones de eficiencia energética y va en contra de las exigencias de las directivas comunitarias en la materia. De hecho, con la transposición de la Directiva (UE) 2024/1275 de Eficiencia Energética de Edificios, los CEE serán la herramienta donde se incluya el pasaporte de renovación de los edificios que contendrá aspectos técnicos de planificación, económicos y de ejecución.
  • El Real Decreto contiene una visión de la eficiencia energética manifiestamente insuficiente e inadecuada, al obviar la globalidad de los sistemas constructivos e instalaciones que configuran el edificio y prestaciones de seguridad y habitabilidad. Garantizar la eficiencia energética de un edificio exige un diagnóstico riguroso y de conjunto, basado en un conocimiento global del edificio, de su ciclo de vida, y de sus elementos activos (instalaciones) y pasivos (envolvente), que integran su arquitectura.
  • Asimismo, el Real Decreto infringe aspectos esenciales de legalidad, tales como el principio de reserva de ley, en su aspecto formal y material, y contradice la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre competencias profesionales que derivan de la LOE en cuanto a la reserva de actividad y, en particular, sobre los informes de evaluación de edificios, formando parte de su contenido los certificados de eficiencia energética.

El CSCAE y los Colegios Oficiales de Arquitectos siempre han defendido que la información del Certificado de Eficiencia Energética resulta determinante en la toma de decisiones de venta, compra o alquiler, puesto que, en función de su contenido, los/as consumidores vivirán una determinada experiencia de su hogar, en términos de confort, y tendrán que asumir unos costes en sus facturas en un contexto de crisis energética. Como consecuencia, si el documento no es riguroso, esto les generará perjuicios económicos e influirá en su salud y su bienestar, además de que la modificación aprobada aleja a los/as usuarios/as del conocimiento de su hogar, imprescindible para el mantenimiento y cualquier mejora de la vivienda.

Por ello, ante certificados energéticos carentes del rigor técnico y los estándares de calidad que exige la ola de renovación de viviendas que promueve la UE para alcanzar la descarbonización total del parque edificado en el año 2050, el CSCAE reclamará la nulidad del Real Decreto en defensa del interés general.

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23/07/25 BOE. Modificación del RD sobre procedimiento básico para la certificación energética de edificios