Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria
Convocatoria de elecciones para la renovación de los cargos de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria.
Colegio de Arquitectos de Gran Canaria
Jueves 9 de mayo de 2015 de 10:00 a 17:00 h
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Secretaría
Don Antonio González Correa, arquitecto, Secretario de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria
CERTIFICA: Que, según resulta de la documentación obrante en los archivos de la Secretaría a su cargo, la Junta de Gobierno del COAGC, en sesión celebrada el día 22 de febrero de 2019, adoptó, entre otros, el acuerdo siguiente:
Convocatoria de Elecciones para renovación de los cargos de la Junta de Gobierno del COAGC: Próximo a vencerse el plazo de vigencia de los cargos de la actual Junta de Gobierno del COAGC previsto en el artículo 19 del Estatuto Particular del COACG y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 y 51 del referido Estatuto, la Junta de Gobierno del COAGC, por unanimidad, acuerda:
Primero: convocar elecciones a la totalidad de cargos que componen la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, esto es, los cargos de Decano, Secretario, Tesorero y dos Vocales, que se celebrarán el próximo día 9 de mayo de 2019, con arreglo al régimen electoral previsto en el Estatuto Particular del COAGC y demás normas de aplicación que se establecen a continuación:
1º. Día y hora de celebración de elecciones: las elecciones a los cargos de Decano, Tesorero, Secretario y Vocales (2) del COAGC se celebrarán el próximo día 9 de mayo de 2019, en horario de votación de diez de la mañana a cinco de la tarde, practicándose seguidamente el escrutinio y dándose a conocer su resultado.
2º. Duración del mandato: Cuatro (4) años desde la toma de posesión.
3º. Electores: todos los colegiados inscritos en el censo electoral cerrado a 31 de diciembre de 2018, que no se hallen suspendidos en sus derechos colegiales.El censo de electores estará de manifiesto en la Secretaría del COAGC desde el día 1 de abril de 2019, pudiendo formularse reclamaciones hasta el día 15 del mismo mes, que serán resueltas dentro de los cinco días siguientes por la Junta de Gobierno, sin que quepa ulterior recurso.
4º. Elegibles a los cargos: podrán ser candidatos los colegiados que, reuniendo las condiciones de elector establecidas en el Estatuto, cumplan los siguientes requisitos:
- No haber sido objeto de sanción disciplinaria firme dentro de los cuatro años precedentes, salvo que se trate de apercibimiento por oficio, en cuyo caso, dicho plazo se reducirá a un año.
- Estar sujeto al régimen de limitación de candidatura establecido en el artículo 19.2 del Estatuto Particular.
- No ser empleado por cuenta ajena del COAGC.
- Si en el periodo electoral algún candidato estuviese sometido a expediente disciplinario, quedará suspendida su toma de posesión, caso de que resultara electo, hasta que recaiga resolución disciplinaria firme. Si fuera sancionado decaerá en su derecho a la toma de posesión, produciéndose la vacante correspondiente.
5º. Candidaturas. Requisitos: las candidaturas a los cargos cuya elección se convoca, lo serán por listas abiertas que podrán ser completas o incompletas.
Sólo podrá proponerse un candidato para cada cargo y en una única candidatura.
Las candidaturas deberán estar avaladas con la firma de cómo mínimo el cinco por ciento (5%) de los colegiados del censo electoral excluidos los propios candidatos. Esto es, 46 firmas.
Las candidaturas se presentarán en la Secretaría del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria al menos con 15 días naturales de antelación a la fecha de la celebración, es decir, hasta las 14 horas del día 24 de abril de 2019, redactadas por escrito y estructuradas conforme al modelo que se establece como anexo al presente acuerdo.
Además, los colegiados que integren las candidaturas podrán aportar cuanto se quiera expresar en relación con las intenciones o programas de gobierno de los candidatos, que habrán de ser difundidos por el COAGC a todos los colegiados con una antelación mínima de quince días a la fecha de la elección. Los candidatos podrán disponer de las instalaciones colegiales para la presentación de sus programas.
La Junta de Gobierno, dentro de los ocho días siguientes al término de presentación de candidaturas, proclamará candidatos a quienes reúnan los requisitos exigidos.
De existir para cualquier cargo un solo candidato, éste será proclamado electo, sin que proceda abrir votación para el mismo.
La proclamación de candidatos será comunicada a los colegiados proclamados y al cuerpo electoral mediante correo remitido a la dirección de correo electrónico comunicada al COAGC, sin perjuicio de su publicación en la Web del COAGC.
6º Reclamaciones: Las reclamaciones sobre la convocatoria y normativa electoral se dirigirán a la Junta Electoral dentro de la semana siguiente a esta publicación.
Igualmente se divulgarán las normas electorales que regulan el ejercicio del voto por correo y, en su caso, campaña electoral.
Y para que así conste y surta efectos oportunos, expide el presente, en Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de abril de 2019.
Antonio González Correa
Secretario
Instrucciones para el voto por correo
Instrucciones para la emisión de voto por correo. En aplicación al artículo 54 del Estatuto del COAGC
El ejercicio del voto por correspondencia se ajustará a los siguientes requisitos:
- El elector que desee utilizar este procedimiento deberá comunicarlo a la Secretaría del Colegio con antelación mínima de cinco días a la fecha de la votación (esto es, hasta el próximo 2 de mayo a las 14h). La petición podrá hacerse por escrito o mediante comparecencia personal y quedará anotada en las listas electorales.
- La Secretaría expedirá al elector una acreditación personal y le facilitará las papeletas de votación y los sobres para su envío, de los cuales el sobre exterior deberá ser personalizado mediante sellado y numeración o clave coincidente con la de acreditación. El elector que acuda a la Secretaría colegial recogerá personalmente esta documentación en el mismo momento en el que la solicita. Si la hubiera solicitado por escrito, le será remitida a su domicilio profesional a través de un medio que deje constancia de su recepción.
- El elector introducirá la papeleta elegida en el sobre anónimo, y este sobre, junto con la acreditación personal, los introducirá en el sobre exterior que hará llegar a la Secretaría colegial. El sobre tendrá que estar en poder de la Mesa electoral antes de finalizar el plazo de votación.
Descargas:
Circular oficial y censo electoral (311 kb)
Instrucciones para el voto por correo (27 kb)